El Ministerio de Salud revocó en su totalidad la Resolución 1732 de 2026, el nuevo manual de inscripción y habilitación que había expedido el 5 de agosto. Lo hizo con la Resolución 2080 del 8 de septiembre de 2026. Para su IPS esto significa algo concreto: la habilitación se sigue verificando con la Resolución 3100 de 2019 y sus modificaciones, incluida la 465 de 2025. Si su equipo de calidad empezó a prepararse con el manual nuevo, conviene detenerse y volver a la norma que rige.
Qué pasó con la Resolución 1732 de 2026
La Resolución 1732 establecía un nuevo procedimiento de inscripción de prestadores y adoptaba los Tomos I y II de un nuevo Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud. Pero el propio acto decía que surtía efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial, y esa publicación nunca ocurrió: la Imprenta Nacional lo certificó el 3 de septiembre. Es decir, la 1732 existió como documento, pero nunca llegó a ser obligatoria para nadie.
Con la Resolución 2080, el Ministerio decidió retirarla por completo en lugar de publicarla. Según sus considerandos, lo hizo por dos razones, cada una suficiente por sí sola:
Contradicciones con normas superiores. La 1732 volvía obligatorio para las partes el concepto del Ministerio cuando hubiera diferencias en una visita de verificación, restringía lo que las secretarías de salud podían verificar, y creaba un «Plan de Adecuación Progresiva» de hasta cuatro años para municipios con condiciones especiales. Ese plan choca con el Decreto 780 de 2016, que prohíbe los planes de cumplimiento para la habilitación, y con la norma sismorresistente NSR-10.
Interés público. El Ministerio concluyó que ese régimen diferencial bajaba la exigencia justamente en los territorios con menos alternativas de atención, sin la justificación que exige una medida así.
Qué norma rige hoy para habilitar servicios
La misma Resolución 2080 lo dice expresamente: continúan aplicándose, sin interrupción, la Resolución 3100 de 2019, la Resolución 77 de 2007 y las Resoluciones 2215 de 2020, 1317 de 2021, 1138 de 2022, 1410 de 2022, 1719 de 2022, 544 de 2023, 648 de 2023 y 465 de 2025. Y como la 1732 nunca tuvo efectos, su régimen de transición tampoco existió: nada de lo que iba a derogarse dejó de estar vigente.
El Ministerio aclaró además que la revocatoria no abandona la actualización del sistema de habilitación. Habrá un nuevo proceso, con soporte técnico y participación de las entidades territoriales, agremiaciones y sociedades científicas. Vale la pena seguirlo de cerca, pero hoy no cambia nada de lo que se verifica en su institución.
Lo que su IPS no debe olvidar de la Resolución 465 de 2025
Con el ruido de la 1732, es fácil perder de vista que la 465 de 2025 sí está vigente y sí modificó la 3100. Entre sus cambios, estos son los que más se ven en la operación:
La autoevaluación tiene momentos definidos: antes de la inscripción y habilitación, durante el cuarto año de vigencia de la inscripción inicial, antes del vencimiento de la renovación anual y antes de reportar las novedades que señale el manual. Si la autoevaluación muestra que no se cumple una o más condiciones, el prestador debe abstenerse de registrar, ofertar y prestar ese servicio.
Grabación de procedimientos: si hay cámaras que graban la realización de procedimientos, se necesita una autorización escrita firmada por el paciente o su representante y por el profesional responsable. Ese documento hace parte de la historia clínica.
Vacunación: además del servicio de vacunación, puede hacerse en servicios habilitados cuyo personal tenga las competencias para aplicar vacunas, documentando como mínimo la cadena de frío, el procedimiento de aplicación y los registros clínicos.
Prestadores solo extramurales: en sus sedes deben cumplir el criterio 46 del estándar de infraestructura aplicable a todos los servicios y, en dotación, los criterios de cada servicio en modalidad extramural.
Qué hacer en su IPS esta semana
Frene cualquier ajuste hecho con el manual de la 1732. Si su equipo actualizó listas de chequeo, formatos o planes con ese manual, vuelva a la versión basada en la 3100 y sus modificaciones.
Revise su autoevaluación contra la 465. Confirme en qué momento le corresponde la siguiente y que la última esté soportada con evidencia por servicio.
No cuente con un plan de adecuación progresiva. Esa figura desapareció con la 1732: los estándares se cumplen completos para ofertar el servicio.
Deje la evidencia lista todos los días, no la noche antes de la visita de la secretaría de salud. Un sistema que organice los criterios por servicio, las evidencias y las acciones de mejora le ahorra esa carrera.
Preguntas frecuentes
¿La Resolución 1732 de 2026 alguna vez estuvo vigente?
No llegó a ser obligatoria. Se expidió el 5 de agosto de 2026, pero no se publicó en el Diario Oficial, requisito que ella misma y la ley exigían para producir efectos. La Resolución 2080 la revocó en su integridad.
¿Tengo que volver a hacer algo que ya había presentado con la 3100?
No por la revocatoria. Todo lo que hizo con la 3100 y sus modificaciones sigue siendo válido, porque esas normas nunca dejaron de regir.
¿Habrá un nuevo manual de habilitación?
El Ministerio anunció un nuevo proceso de actualización. Cuando se expida y publique, habrá que revisar sus plazos de transición; hasta entonces, rige la 3100.
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Resolución 1732 de 2026 revocada: qué norma rige hoy la habilitación de su IPS
El Ministerio de Salud revocó en su totalidad la Resolución 1732 de 2026, el nuevo manual de inscripción y habilitación que había expedido el 5 de agosto. Lo hizo con la Resolución 2080 del 8 de septiembre de 2026. Para su IPS esto significa algo concreto: la habilitación se sigue verificando con la Resolución 3100 de 2019 y sus modificaciones, incluida la 465 de 2025. Si su equipo de calidad empezó a prepararse con el manual nuevo, conviene detenerse y volver a la norma que rige.
Qué pasó con la Resolución 1732 de 2026
La Resolución 1732 establecía un nuevo procedimiento de inscripción de prestadores y adoptaba los Tomos I y II de un nuevo Manual de Inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud. Pero el propio acto decía que surtía efectos a partir de su publicación en el Diario Oficial, y esa publicación nunca ocurrió: la Imprenta Nacional lo certificó el 3 de septiembre. Es decir, la 1732 existió como documento, pero nunca llegó a ser obligatoria para nadie.
Con la Resolución 2080, el Ministerio decidió retirarla por completo en lugar de publicarla. Según sus considerandos, lo hizo por dos razones, cada una suficiente por sí sola:
Qué norma rige hoy para habilitar servicios
La misma Resolución 2080 lo dice expresamente: continúan aplicándose, sin interrupción, la Resolución 3100 de 2019, la Resolución 77 de 2007 y las Resoluciones 2215 de 2020, 1317 de 2021, 1138 de 2022, 1410 de 2022, 1719 de 2022, 544 de 2023, 648 de 2023 y 465 de 2025. Y como la 1732 nunca tuvo efectos, su régimen de transición tampoco existió: nada de lo que iba a derogarse dejó de estar vigente.
El Ministerio aclaró además que la revocatoria no abandona la actualización del sistema de habilitación. Habrá un nuevo proceso, con soporte técnico y participación de las entidades territoriales, agremiaciones y sociedades científicas. Vale la pena seguirlo de cerca, pero hoy no cambia nada de lo que se verifica en su institución.
Lo que su IPS no debe olvidar de la Resolución 465 de 2025
Con el ruido de la 1732, es fácil perder de vista que la 465 de 2025 sí está vigente y sí modificó la 3100. Entre sus cambios, estos son los que más se ven en la operación:
Qué hacer en su IPS esta semana
Preguntas frecuentes
¿La Resolución 1732 de 2026 alguna vez estuvo vigente?
No llegó a ser obligatoria. Se expidió el 5 de agosto de 2026, pero no se publicó en el Diario Oficial, requisito que ella misma y la ley exigían para producir efectos. La Resolución 2080 la revocó en su integridad.
¿Tengo que volver a hacer algo que ya había presentado con la 3100?
No por la revocatoria. Todo lo que hizo con la 3100 y sus modificaciones sigue siendo válido, porque esas normas nunca dejaron de regir.
¿Habrá un nuevo manual de habilitación?
El Ministerio anunció un nuevo proceso de actualización. Cuando se expida y publique, habrá que revisar sus plazos de transición; hasta entonces, rige la 3100.
Fuentes oficiales
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